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Nuda propiedad: Qué es y cuánto se puede percibir por su venta.

La plena propiedad de un inmueble se divide en usufructo y nuda propiedad.

La plena propiedad de un inmueble se divide en dos conceptos: usufructo, que da derecho al uso, y nuda propiedad, que es la mera titularidad de la vivienda, es decir, la simple propiedad sin derecho a su uso. Pero, ¿es posible vender su casa y seguir habitando en ella? La respuesta es afirmativa.

Aquel que decide vender la nuda propiedad de un inmueble puede conservar el usufructo de la vivienda, por lo que es posible seguir habitando en ella hasta su fallecimiento o según lo estipulado en el contrato. De este modo, el nudo propietario podrá disfrutar del inmueble cuando finalice el usufructo.

Esta opción, según señalan algunos expertos, cuenta cada vez con mayor demanda entre las personas en edad de jubilación, ya que puede suponer unos ingresos extras para completar su pensión a cambio de poder vender la propiedad de la vivienda, mientras que se sigue habitando en ella.
Estas cifras demuestran que, tomando como referencia el supuesto de la vivienda del rango de valor intermedio con un único usufructuario, una persona con una edad entre 65 y 69 años podría vender la nuda propiedad a partir de un 70% del valor de su vivienda, aproximadamente. Sin embargo, con una edad cercana a los 95 años el importe a percibir estaría en torno al 95% del valor de tasación, o superior, según las cifras del estudio de Tecnitasa.

Si se tienen en cuenta los supuestos de las viviendas con las valoraciones más elevadas, por una casa de 585.000 euros en Madrid el vendedor puede conseguir entre 462.400 euros y 561.500 euros en el caso de tener 95 años. Con la misma edad, un propietario de una vivienda en la provincia de Barcelona que decida vender la nuda propiedad de su vivienda, valorada por encima de los 500.000 euros, podría llegar a obtener un importe máximo de 485.500 euros, lo que se traduce en un 95,85% del total del valor del inmueble.

Otros mercados

En provincias donde aparecen las viviendas tasadas de menos valor, como es el caso deCiudad Real, una persona de 65 años con una vivienda de 88.000 euros -teniendo en cuenta el ejemplo de una casa de valoración intermedia- percibiría hasta 56.800 euros, mientras que si tuviera 95 años la cantidad ascendería a 82.000 euros, como máximo -un 93% del valor total de la vivienda-.

Las cifras del estudio de la tasadora reflejan que un usufructuario de hasta 69 años en la provincia de Teruel podría recibir hasta 59.300 euros en el caso de vender la nuda propiedad de una vivienda con un valor de 92.000 euros. Por su parte, la cantidad llegaría hasta los 77.800 euros para aquellos entre 85 años y 89 años y alcanzaría hasta 82.000 euros en el caso de tener 95 años.

En Zamora, por ejemplo, el importe que percibiría una persona de 65 años por la venta de la nuda propiedad de una vivienda de 94.000 euros es de 60.600 euros (64,47%) y de hasta 87.600 euros si cuenta con 95 años (93,19%).

«Las diferencias en el importe final a percibir son más amplias dependiendo de la edad del contratante. Obviamente, a mayor edad, mayor importe se percibe, pero con la variable de, supuestamente, menor tiempo de disfrute del bien. Igualmente el importe disminuye si el número de usufructuarios se amplía y si el usufructo es temporal o vitalicio, hasta el fallecimiento del usufructuario», señalan desde la compañía de valoración.

 

Mónica G. Moreno/eleconomista.es

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